El Umbral de Tolerancia Real de los Radares: ¿Qué Pasa con los 7 km/h?
En la constante búsqueda por mejorar la seguridad vial y reducir la siniestralidad en nuestras carreteras, los radares de velocidad se han convertido en una herramienta fundamental. Sin embargo, existe una pregunta recurrente entre los conductores: ¿cuál es el margen de error o el umbral de tolerancia que aplican estos dispositivos antes de emitir una sanción? En particular, surge la duda sobre si existe un margen específico de 7 km/h con el que actúan los radares. Este artículo se adentra en el funcionamiento de los radares, la normativa que los regula, la confusión generada por los diferentes márgenes y la realidad de cómo se aplican las multas por exceso de velocidad. Comprender estos aspectos es crucial para una conducción responsable y para evitar sorpresas desagradables en forma de multa.
El Fundamento de los Radares de Velocidad
Los radares de velocidad, ya sean fijos, móviles o de tramo, operan basándose en principios físicos que permiten medir la velocidad de los vehículos. Los más comunes son los radares Doppler, que emiten una onda de radio o láser y miden el cambio en la frecuencia de la onda reflejada por un objeto en movimiento. Este cambio de frecuencia es directamente proporcional a la velocidad del objeto. La tecnología ha avanzado significativamente, permitiendo una precisión cada vez mayor en estas mediciones.
Tipos de Radares y su Funcionamiento
- Radares Fijos: Suelen estar ubicados en postes o cabinas a un costado de la carretera, en puntos estratégicos donde se han detectado historiales de exceso de velocidad. Miden la velocidad instantánea del vehículo.
- Radares Móviles: Son los más versátiles y pueden ser operados desde vehículos patrulla estáticos o en movimiento. Su eficacia radica en su capacidad de ser desplegados en diversas ubicaciones.
- Radares de Tramo: A diferencia de los anteriores, estos radares no miden la velocidad instantánea, sino la velocidad media de un vehículo en un trayecto determinado entre dos puntos. Calculan el tiempo que tarda un vehículo en recorrer esa distancia y, a partir de ahí, determinan su velocidad media.
La precisión de estos dispositivos es alta, pero, como toda tecnología, no es infalible y es aquí donde entra en juego el concepto de «tolerancia».
La Normativa y el Umbral de Tolerancia: Desmitificando el 7 km/h
La confusión sobre el umbral de tolerancia de los radares a menudo se centra en cifras específicas, como los 7 km/h. Es importante aclarar que la normativa general no establece un umbral fijo de 7 km/h para todas las infracciones. Lo que sí existe es una disposición que permite corregir las mediciones para tener en cuenta posibles errores inherentes a la medición y al instrumento.
La Disposición Adicional Segunda de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
En España, la normativa que regula estas correcciones se encuentra en la Disposición Adicional Segunda de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Esta disposición establece que las mediciones de velocidad obtenidas por aparatos de medición homologados para el control de la velocidad se considerarán válidas si están debidamente precintadas y han superado las verificaciones periódicas y reglamentarias.
Sin embargo, y aquí radica el matiz importante, se contempla la aplicación de un margen de error o corrección técnica. La normativa establece que las administraciones deben tener en cuenta un margen de error para la aplicación de sanciones.
¿De Dónde Viene la Cifra de 7 km/h?
La cifra de 7 km/h que se menciona frecuentemente no es un umbral de tolerancia universal o legalmente explícito en sí mismo para todas las velocidades. Más bien, se refiere a la corrección técnica que se aplicaba y que sigue aplicando en la práctica, especialmente en velocidades bajas.
Históricamente, y basándose en el Reglamento de Metrología Legal, existía una corrección por exceso de velocidad de:
Nuevas Motos Radar DGT: ¿Más Multas o Seguridad Vial?- 5 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h.
- 5% para velocidades iguales o superiores a 100 km/h.
Es decir, si el radar detectaba un vehículo a 55 km/h en una vía con límite de 50 km/h, se le restaban 5 km/h a la medición, resultando en 50 km/h, y por lo tanto, no se sancionaba. Si el límite era de 120 km/h y se detectaba a 127 km/h, se aplicaba el 5% de 127 km/h (aproximadamente 6.35 km/h), resultando en una velocidad de aproximadamente 120.65 km/h, y tampoco se sancionaba.
La Evolución de la Tolerancia y la Pérdida de la Recta de 7 km/h
Con la publicación de nuevas normativas y actualizaciones, especialmente la Orden INT/2834/2010, de 16 de septiembre, se actualizaron los márgenes de error aplicables a los equipos de medición de velocidad. Esta orden estableció una corrección de 7 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y de un 7% para velocidades iguales o superiores a 100 km/h.
Por lo tanto, el umbral de 7 km/h con el que actúan los radares en exceso se refiere a esta corrección técnica que se aplica a la velocidad medida antes de determinar si existe una infracción.
Es fundamental entender que no es que los radares «ignoren» los primeros 7 km/h de exceso. La medición se realiza de forma precisa, y es después de esa medición cuando se aplica la corrección técnica establecida por la normativa para determinar la velocidad considerada a efectos de sanción.
¿Cómo se Aplica en la Práctica?
Si el límite de velocidad de una vía es de 50 km/h:
- Si un radar detecta un vehículo a 56 km/h: Se le restan 7 km/h (el margen de tolerancia para velocidades inferiores a 100 km/h), resultando en 49 km/h. No hay sanción.
- Si un radar detecta un vehículo a 57 km/h: Se le restan 7 km/h, resultando en 50 km/h. No hay sanción.
- Si un radar detecta un vehículo a 58 km/h: Se le restan 7 km/h, resultando en 51 km/h. Se considera una infracción leve (exceso de hasta 20 km/h sobre el límite permitido), y por lo tanto, se sanciona.
Si el límite de velocidad de una vía es de 120 km/h:
- Si un radar detecta un vehículo a 128 km/h: Se aplica el 7% de 128 km/h (aproximadamente 8.96 km/h). La velocidad corregida sería 128 – 8.96 = 119.04 km/h. No hay sanción.
- Si un radar detecta un vehículo a 129 km/h: Se aplica el 7% de 129 km/h (aproximadamente 9.03 km/h). La velocidad corregida sería 129 – 9.03 = 119.97 km/h. No hay sanción.
- Si un radar detecta un vehículo a 130 km/h: Se aplica el 7% de 130 km/h (aproximadamente 9.1 km/h). La velocidad corregida sería 130 – 9.1 = 120.9 km/h. Se considera una infracción leve y se sanciona.
Es importante destacar que esta corrección técnica se aplica a la velocidad medida y no es un margen sobre el límite de velocidad.
¿Por Qué Es Importante Conocer el Umbral de Tolerancia?
Comprender el umbral de tolerancia con el que actúan los radares en 7 km/h (y el 7% para velocidades superiores) no es una invitación a circular al límite exacto permitido. Su propósito principal es asegurar la equidad y la precisión en la aplicación de las sanciones, teniendo en cuenta las inevitables variaciones y errores de medición que pueden ocurrir.
Límite de Velocidad al Adelantar: ¿Hay Excepciones?Prevención de Sanciones Injustas
Este margen de tolerancia protege a los conductores de ser sancionados por errores mínimos de lectura o por la propia imprecisión inherente a los instrumentos de medición. Evita que una diferencia mínima, como circular a 51 km/h en una zona de 50 km/h, resulte en una multa cuando la velocidad real podría haber sido, tras la corrección, 50 km/h o menos.
Fomento de una Conducción Prudente
Aunque existe este margen, la mejor estrategia sigue siendo respetar escrupulosamente los límites de velocidad. Conducir por encima del límite, aunque sea por poco, incrementa el riesgo de accidentes. El margen de tolerancia es una salvaguarda, no un permiso para exceder la velocidad.
Claridad ante las Sanciones
Saber cómo funcionan estas correcciones ayuda a los conductores a entender por qué han recibido o no una multa, reduciendo la confusión y la sensación de arbitrariedad que a veces rodea las sanciones de tráfico.
Los Procedimientos y la Homologación de los Radares
Para que las mediciones de velocidad sean válidas legalmente y puedan ser utilizadas para sancionar, los radares deben cumplir con una serie de requisitos:
- Homologación: Cada dispositivo debe estar homologado por el organismo competente, asegurando que cumple con los estándares técnicos y de precisión establecidos.
- Verificación Periódica: Los radares deben pasar verificaciones periódicas (normalmente anuales o bianuales, dependiendo del tipo de radar) para garantizar que siguen funcionando correctamente y que sus mediciones son fiables. Un radar sin la verificación técnica en vigor no es válido para sancionar.
- Precintado: Los aparatos deben estar precintados para asegurar que no han sido manipulados.
La ausencia de cualquiera de estos requisitos puede ser motivo de recurso ante una multa.
Errores Comunes y Mitos sobre los Radares
A pesar de las explicaciones, existen varios mitos y concepciones erróneas sobre el funcionamiento de los radares:
- «Los radares te perdonan siempre X km/h»: Como hemos visto, no es un «perdón», sino una corrección técnica basada en normativa. Y el margen no es siempre fijo, dependiendo de la velocidad medida.
- «Los radares no multan si vas un poco por encima»: Si el exceso de velocidad, una vez aplicada la corrección, supera el límite sancionable, la multa se cursará.
- «Todos los radares son iguales»: Existen diferentes tipos de radares y cada uno tiene sus particularidades en cuanto a la medición.
- «Los radares de tramo son más permisivos»: Los radares de tramo miden la velocidad media. Aunque se aplican las mismas correcciones, la medición de la velocidad media en un tramo largo puede suavizar pequeñas variaciones puntuales de velocidad.
Conducción Segura: La Mejor Estrategia
La mejor manera de evitar multas por exceso de velocidad, y lo que es más importante, de garantizar la seguridad propia y la de los demás usuarios de la vía, es conducir siempre respetando los límites de velocidad establecidos. La atención a la señalización, la adaptación de la velocidad a las condiciones del tráfico y del estado de la vía, y una actitud de respeto hacia las normas de circulación son los pilares de una conducción segura.
Recordemos que el objetivo de los límites de velocidad y de los controles de tráfico es, ante todo, salvar vidas y reducir la gravedad de los accidentes. Familiarizarse con el funcionamiento de los radares y el concepto de el umbral de tolerancia con el que actúan los radares en 7 km/h (y su correspondiente porcentaje) nos ayuda a comprender mejor el sistema, pero no debe servir como excusa para comportamientos imprudentes al volante.
Evitar Aquaplaning: Guía Completa para Conducir SeguroEn resumen, aunque el umbral de tolerancia con el que actúan los radares en 7 km/h (y el 7% para velocidades superiores a 100 km/h) es una realidad normativa que busca ajustar las mediciones a una realidad más justa, la prudencia y el respeto a los límites de velocidad deben ser siempre la prioridad para todos los conductores.

